Artículo 34 del REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que la Secretaría Particular y la Dirección de Promoción e Información pueden contratar a los trabajadores que necesiten, ya sean profesionistas, técnicos o administrativos, para hacer bien su chamba. Además, dentro de esa estructura, deben tener una Dirección de Servicios Médicos y Psicológicos, y otra de Atención Psicosocial. O sea, se aseguran de que haya expertos en salud mental y apoyo social, y también el personal de oficina que se requiera para que todo funcione.
Texto oficial
ARTÍCULO 34.- La Secretaría Particular y la Dirección de Promoción e Información contará con el personal profesional, técnico y administrativo necesario para el cumplimiento de sus atribuciones. I. Una Dirección de Servicios Médicos y Psicológicos; II. Una Dirección de Atención Psicosocial, y III. Con el personal profesional, técnico y administrativo necesario para el cumplimiento de sus atribuciones.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.