Artículo 38 bis del REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Vinculación Estratégica tiene varias tareas importantes. Por ejemplo, debe conectar y coordinar el trabajo de otras áreas, como la Secretaría Ejecutiva y la Consultoría Jurídica, para lograr los objetivos. También se encarga de dar seguimiento a las políticas de Derechos Humanos que proponga el Presidente, tanto en México como en el extranjero. Además, supervisa los juicios o acciones legales importantes que el Presidente ordene ante organismos internacionales, y promueve la colaboración con estos grupos para defender los derechos humanos. Por último, debe coordinar la atención médica y psicológica que necesiten las áreas de la Comisión, y trabajar con otras oficinas para diseñar programas de educación y promoción de derechos humanos.
Texto oficial
ARTÍCULO 38 bis.- La Secretaría de Vinculación Estratégica tendrá las atribuciones siguientes: I. Impulsar las tareas de vinculación estratégica que resulten necesarias, con apoyo de la Secretaría Ejecutiva, la Coordinación de Asesores, la Secretaría Particular y la Consultoría General Jurídica; II. Articular, dar seguimiento y evaluar las políticas generales que, en materia de Derechos Humanos proponga la o el Presidente y que deberán seguirse ante organismos públicos, sociales o privados, nacionales e internacionales; III. Coordinar, dar seguimiento y evaluar las acciones en materia de litigio estratégico que la o el Presidente determine deben realizarse ante organizaciones y mecanismos internacionales de derechos humanos; IV. Promover y dar seguimiento a procesos de colaboración con instituciones internacionales de derechos humanos que favorezcan el posicionamiento y cumplimiento de la agenda en materia de defensa de la Comisión; V. Operar, coordinar, dar seguimiento y evaluar las acciones de atención psicosocial y servicios médicos y psicológicos requeridos por las Visitadurías y las áreas de apoyo de la Comisión; VI. Articular las acciones de la Coordinación de Vinculación con la Sociedad Civil e Incidencia en Políticas Públicas y la Dirección Ejecutiva de Educación por los Derechos Humanos para diseñar e implementar acciones integrales y transversales para la promoción y defensa de los derechos humanos, y VII. Las demás que le confiera el presente Reglamento, la o el Presidente y los ordenamientos internos.
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