Artículo 7 del REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El personal de la Comisión debe trabajar con honestidad, rapidez, legalidad y sin cobrar nada a la gente. También tiene que tratar a todos por igual, sin importar el género, y dar un trato especial a personas que sufren discriminación o están en situaciones difíciles. Además, deben usar bien el dinero, los materiales y la tecnología que les dan, cuidando siempre el medio ambiente.
Texto oficial
ARTÍCULO 7°. El personal de la Comisión regirá sus actuaciones y prestará sus servicios conforme a los principios de buena fe, gratuidad, concentración, rapidez, legalidad, honradez, lealtad, objetividad, imparcialidad, eficiencia, eficacia y transparencia. En su actuación buscará la igualdad sustantiva entre las personas. Para ello aplicará políticas de equidad de género, de no discriminación, y de respeto e integración de personas en situación de vulnerabilidad por discriminación. Así también, en el desempeño de sus funciones, optimizará al máximo los recursos, materiales, tecnológicos y presupuestales que le sean asignados, promoviendo una cultura de respeto y protección al derecho humano a un medio ambiente sano.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.