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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_421/6
Ley
REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL
Artículo
6

Artículo 6 del REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión no te va a cobrar ni un peso por sus servicios, y deben avisarte esto desde el principio. Si buscas ayuda de un abogado por tu cuenta, te van a decir que no es obligatorio. También te recordarán que ellos están forzados a atenderte sin costo.

Texto oficial

ARTÍCULO 6°. Todas las actuaciones y procedimientos de la Comisión serán gratuitas, lo que deberá ser informado explícitamente a quienes recurran a ella. Cuando la parte interesada decida contar con asistencia profesional para el trámite de su queja, se le deberá hacer la observación de que ello no es necesario y se le recordará que la Comisión tiene la obligación de proporcionar sus servicios de manera gratuita.

Ver texto oficial del REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL (pág. 2) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.