Artículo 108 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo habla de dos formas de hacer cambios al presupuesto. La primera es la **compensada**: esto significa mover dinero de un programa a otro o cambiar las metas del plan anual, pero siempre necesitas permiso de la Subsecretaría antes de hacerlo. La segunda es la **líquida**: cuando aumentas o reduces el presupuesto ya aprobado para un programa, o agregas uno nuevo, también con autorización previa. Si aumentas el dinero, debe ser para un propósito específico, y no puedes cambiar esa clave presupuestal después con una compensación, solo ajustar las fechas de gasto si la Subsecretaría lo permite. En pocas palabras, la compensada reacomoda recursos entre programas, y la líquida cambia el total del presupuesto.
Texto oficial
Artículo 108.- Las Adecuaciones Presupuestarias podrán ser: I. Compensadas.- Cuando impliquen transferencia de recursos de un Programa presupuestario a otro y/o modificación de las metas previstas en el Programa Operativo Anual, debiendo para ello contar previamente con la autorización de la Subsecretaría; las claves a reducir deberán tener disponibilidad presupuestal en los meses correspondientes que se afecten, por lo que las Unidades Responsables del Gasto aplicarán las medidas de control necesarias para que los saldos de las claves se actualicen de conformidad con los montos y calendarios autorizados, o II. Líquidas.- Cuando aumenten o reduzcan el presupuesto aprobado para los Programas presupuestarios, o se adicione uno a la estructura programática, lo que debe ser previamente autorizado por la Subsecretaría. En el caso de ampliación, deberán tener un fin específico, para lo cual se deberá identificar con el dígito que determine la Subsecretaría en los catálogos aplicables; las Claves Presupuestarias que contengan el dígito señalado no podrán ser modificadas a través de adecuaciones compensadas, salvo los ajustes a los calendarios, que estarán sujetos a la autorización de la Subsecretaría.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.