Artículo 107 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 107 dice que el dinero que el Congreso Local le asigna a ciertos gastos importantes no se puede bajar, a menos que pase una de estas tres cosas: que ese dinero se mueva a otro gasto prioritario, que ya se hayan cumplido las metas de ese gasto, o que el total de dinero para gastos importantes no se reduzca. Es decir, no pueden recortar el presupuesto de una prioridad así nomás, solo si lo cambian a otra cosa importante, si ya terminaron lo que tenían que hacer, o si de todas formas el gasto total se mantiene igual.
Texto oficial
Artículo 107.- Los recursos asignados por el Congreso Local a las prioridades de gasto no podrán disminuirse, salvo en alguno de los casos siguientes: I. Cuando se transfieran los recursos a otras prioridades de gasto; II. Cuando se hubieren concluido las metas, o III. Cuando no se disminuya el importe total de las prioridades de gasto.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.