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Artículo 14 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para pedir permiso y crear un fideicomiso, tienes que presentar una solicitud ante la Procuraduría Fiscal. Esa solicitud debe ir firmada por el jefe o la jefa de la dependencia, alcaldía o entidad que lo quiere crear. Además, si el fideicomiso va a tener personal, necesitas la opinión previa de dos áreas: la Subsecretaría de Capital Humano y la Secretaría de la Contraloría. También debes contar con la opinión de la Subsecretaría sobre si hay dinero disponible para el proyecto, y comparar al menos tres ofertas de quién va a administrar el fideicomiso. Los servidores públicos que manden la información son los únicos responsables de que sea verdadera y confiable.

Texto oficial

Artículo 14.- La solicitud de autorización será tramitada ante la Procuraduría Fiscal conforme a lo siguiente: I. Deberá ser firmada por la persona titular de la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Alcaldía o Entidad que solicite la constitución del fideicomiso; II. Para el caso de la propuesta de recursos humanos del fideicomiso, será indispensable contar con la opinión previa que al respecto emitan la Secretaría, a través de la Subsecretaría de Capital Humano y Administración, así como la Secretaría de la Contraloría; III. De igual forma, deberá contar con la opinión de la Subsecretaría, sobre la disponibilidad presupuestal, y IV. Análisis comparativo de cuando menos, tres propuestas de fiduciarios. La veracidad y confiabilidad de la información enviada para estos efectos será responsabilidad exclusiva de las personas servidoras públicas que la proporcionen.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.