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Artículo 165 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas del gobierno que manejen dinero prestado (deuda pública) deben enviar por escrito a la Secretaría de Hacienda cuánto gastaron y si cumplieron con lo prometido en los proyectos. Esto sirve para armar los reportes que el gobierno presenta cada tres meses y al final del año en la Cuenta Pública. La información la tienen que entregar tal como la Secretaría se las pida. Es como cuando le pides a un amigo que te explique en qué gastó el préstamo que le hiciste, pero aquí es entre dependencias del gobierno.

Texto oficial

Artículo 165.- Para efectos de la integración de los informes relativos a la deuda pública, así como su incorporación al Informe Trimestral y a la Cuenta Pública, las Unidades Responsables del Gasto que ejerzan estos recursos conforme a la normatividad aplicable, proporcionarán mediante oficio la información relativa a los montos ejercidos y al cumplimiento de las acciones previstas en los proyectos financiados con deuda, a la Secretaría en los términos solicitados por ésta.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 35) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.