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Artículo 164 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas del gobierno que juntan gastos deben mandar los datos de los pagos que hicieron a la Secretaría de Hacienda, todo dentro de sus reportes normales. Esto sirve para que esa información se incluya en el informe que se entrega cada tres meses. En otras palabras, si eres una dependencia que maneja dinero de todos, tienes que reportar cómo lo gastaste para que lo revisen de manera periódica. Así se mantiene un control claro y ordenado de los recursos públicos.

Texto oficial

Artículo 164.- Las unidades administrativas consolidadoras enviarán a la Secretaría la información correspondiente a los cargos centralizados o consolidados, dentro de sus respectivos informes, a fin de ser incluida en el informe trimestral.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 35) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.