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Artículo 163 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Finanzas junta toda la información para hacer la Cuenta Pública (el reporte anual de cómo se gastó el dinero) y los informes de cada tres meses. Las dependencias, como las Alcaldías y otras oficinas, son las responsables de que la información que entreguen sea correcta. Esa información debe ir firmada por el jefe o jefa del área y por la persona encargada de manejar los recursos, ya sea con firma electrónica o de puño y letra.

Texto oficial

Artículo 163.- La Secretaría consolidará e integrará la información para la elaboración de la Cuenta Pública, así como de los Informes Trimestrales. La información entregada a la Secretaría será responsabilidad de las Unidades Responsables del Gasto. La información que remitan las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades a la Secretaría deberá contar con la firma electrónica o autógrafa en su caso, de la persona titular y de la persona servidora pública responsable del manejo de los recursos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 34) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.