Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 167 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a hacer una guía que explique cómo se deben preparar los informes y se la va a compartir con todas las oficinas del gobierno, como las dependencias, alcaldías y demás organismos. También va a decir a qué área de la Subsecretaría deben mandarse esos informes. Si hace falta, esa misma área puede pedir más explicaciones o información adicional para que todo quede claro.

Texto oficial

Artículo 167.- La Secretaría emitirá la guía para la elaboración de los informes y la difundirá a las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades; asimismo, indicará el área específica de la Subsecretaría a la que deberán ser enviados, la que en su caso, solicitará aclaraciones o información adicional.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 35) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.