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Artículo 171 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el gobierno detecta que no se está cumpliendo con lo planeado en el presupuesto, la Secretaría de Finanzas puede hacer cambios para corregirlo. Por ejemplo, puede modificar las reglas de cómo se gasta el dinero, ajustar las cifras del presupuesto, o usar esos datos para planear el presupuesto del próximo año. Todas esas medidas deben estar permitidas por la ley. Además, cada tres meses la Secretaría debe explicarle al Congreso local qué ajustes hizo al presupuesto y por qué fueron necesarios.

Texto oficial

Artículo 171.- Con base en los informes a que se refiere el artículo anterior, la Secretaría podrá tomar las siguientes medidas: I. Modificación a las políticas, disposiciones administrativas y lineamientos en materia de gasto; II. Adecuaciones Presupuestarias; III. Determinación de las previsiones que constituyan una de las bases para el proceso de presupuestación del ejercicio siguiente, y IV. Las demás que señalen los ordenamientos jurídicos aplicables. La Secretaría presentará dentro del Informe Trimestral al Congreso Local las adecuaciones presupuestarias, que haya realizado en virtud de lo dispuesto en la fracción II de este artículo, informando la justificación de las medidas tomadas en consideración.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 36) ↗

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