Artículo 177 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada grupo de oficinas de gobierno tiene una dependencia encargada de juntar y revisar la información que sus oficinas más chiquitas le tienen que mandar a la Secretaría. Si la dependencia coordinadora encuentra que algo no cuadra o está mal, debe averiguar por qué pasó y qué consecuencias puede tener. Además, tiene que sugerir soluciones para arreglar el problema. En pocas palabras, esta oficina se encarga de que todo esté en orden y de proponer cómo corregir las fallas.
Texto oficial
Artículo 177.- Corresponderá a las dependencias coordinadoras de sector captar y validar la información que sus entidades coordinadas deban remitir a la Secretaría. Asimismo, en caso de detectar desviaciones, determinarán sus posibles causas y efectos, proponiendo las medidas correctivas necesarias.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.