Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 178 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas principales del gobierno (las "dependencias coordinadoras") le van a decir a las oficinas más chiquitas que están bajo su mando (las "entidades coordinadas") cómo y cada cuándo deben pasarles su información financiera. Esa información incluye cómo traen sus cuentas, su presupuesto y los resultados de su trabajo. Esto sirve para que la oficina principal pueda juntar todos los datos de su grupo y también para cualquier otro propósito que se necesite. En pocas palabras, las oficinas grandes le ponen reglas claras a las chiquitas para que entreguen sus números a tiempo y de forma ordenada.

Texto oficial

Artículo 178.- Las dependencias coordinadoras de sector darán a conocer a sus entidades coordinadas la forma, términos y periodicidad conforme a los cuales deberán proporcionarle información contable, financiera, presupuestal, de resultados y económica, tanto para efecto de consolidaciones sectoriales, como para otros fines específicos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 37) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.