Artículo 34 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando oficinas del gobierno de la Ciudad de México, como las alcaldías o dependencias, van a firmar un contrato o convenio donde la Federación les dará dinero, pero también tendrán que poner dinero de la ciudad, necesitan primero que la Secretaría de Administración y Finanzas dé una opinión positiva sobre cómo afectará al presupuesto. Esto es para no gastar de más. Si el acuerdo solo implica recibir dinero sin que la ciudad ponga nada, solo tienen que enviar una copia del documento a esa Secretaría después de firmarlo.
Texto oficial
Artículo 34.- Con la finalidad de guardar el equilibrio presupuestario, las dependencias, órganos desconcentrados, alcaldías y entidades que suscriban convenios, contratos y en general cualquier acto jurídico, independientemente de su naturaleza, en el cual se establezca que la Ciudad de México recibirá recursos provenientes de la Federación, y que deberá realizar aportaciones locales para el cumplimiento del objeto del instrumento, deberán contar con la opinión favorable de la Secretaría sobre el impacto presupuestario, previamente a la formalización. En el caso de aquellos instrumentos que no impliquen aportaciones locales, únicamente se remitirá copia a la Secretaría una vez formalizados.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.