Artículo 35 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 35 dice que si el gobierno de la Ciudad de México hace un convenio con alguna dependencia, alcaldía o entidad, los gastos que le toquen a esa instancia local deben salir de su propio presupuesto. O sea, cada quien paga lo que le corresponde con el dinero que ya tiene asignado, y solo si hay lana disponible en las finanzas de la ciudad. No pueden gastar de más ni echar mano de recursos que no estén contemplados.
Texto oficial
Artículo 35.- Las aportaciones locales previstas en los instrumentos a que se refiere el artículo anterior, deberán realizarse con cargo al presupuesto de la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Alcaldías o Entidad que participe en la ejecución del convenio y se harán conforme a la disponibilidad financiera de la hacienda pública de la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.