Artículo 41 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a dar las reglas para hacer el Programa Operativo, que es como un plan de trabajo. Ese plan debe incluir, por ejemplo, los objetivos generales, las metas que se esperan cumplir y cuánto dinero se va a gastar. También debe decir qué es más urgente, qué acciones se van a hacer, quiénes son los responsables y cómo se van a coordinar con el gobierno federal, los estados y los municipios. Además, la Secretaría puede cambiar o agregar más puntos a esta lista si lo considera necesario para que el plan quede bien hecho.
Texto oficial
Artículo 41.- La Secretaría emitirá los lineamientos para la formulación del Programa Operativo, mismo que deberá contener al menos los elementos siguientes: I. Objetivos globales de desarrollo; II. Metas programadas y resultados esperados, así como el avance financiero; III. Prioridades; IV. Líneas programáticas; V. Objetivos específicos; VI. Acciones; VII. Responsables y corresponsables; VIII. Acciones específicas de coordinación con la Federación, estados y municipios; IX. Acciones específicas de coordinación entre dependencias, órganos desconcentrados, alcaldías o entidades, cuando sea necesario; X. Los demás que determine la Secretaría. La Secretaría podrá determinar nuevos elementos o modificar los anteriores, según sea necesario para la adecuada integración del Programa a que se refiere este artículo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.