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Artículo 40 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia encargada del dinero público) va a revisar que todas las oficinas del gobierno de la Ciudad de México, como las Alcaldías y otras entidades, gasten solo el dinero que se les autorizó. Además, checará que lo hagan en las fechas permitidas y que no se pasen del presupuesto disponible. En pocas palabras, vigilará que nadie gaste de más ni adelantado, y que solo usen el dinero que realmente hay en las cuentas del gobierno de la ciudad.

Texto oficial

Artículo 40.- La Secretaría verificará para el ejercicio del presupuesto que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades se sujeten estrictamente a los techos y calendarios presupuestarios autorizados, así como a las disponibilidades financieras de la hacienda pública de la Ciudad de México. Título Segundo De la Programación, Presupuestación y Aprobación Capítulo I Programa Operativo de la Administración Pública de la Ciudad de México

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

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