Artículo 39 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todas las oficinas del gobierno (como secretarías, alcaldías y otras áreas) tienen que mandar sus planes de gasto a la Secretaría de Finanzas. Esto debe hacerse en las fechas que esa Secretaría les indique, después de que el Congreso Local apruebe el presupuesto final.
Texto oficial
Artículo 39.- Las dependencias, órganos desconcentrados, alcaldías y entidades remitirán a la Secretaría sus proyectos de calendario conforme a las fechas que establezca al comunicar el techo definitivo aprobado por el Congreso Local.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.