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Artículo 45 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla de cómo se mide si el gobierno de la Ciudad está cumpliendo con su trabajo. Explica que existe un Sistema de Evaluación del Desempeño, que sirve para revisar si se están logrando las metas de los programas que usan dinero público, de acuerdo al plan de desarrollo de la ciudad. Además, dice que los resultados de esas evaluaciones deben ser tomados en cuenta por las dependencias del gobierno cuando planean cómo gastar el presupuesto, desde que lo proponen hasta que lo ejercen.

Texto oficial

Artículo 45.- El Sistema de Evaluación del Desempeño comprende las acciones señaladas en el presente capítulo y todas aquellas que permitan conocer el grado de cumplimiento de los indicadores de desempeño vinculados a los Programas presupuestarios, que contribuyan al cumplimiento de los objetivos a mediano y largo plazo contenidos en el Plan General de Desarrollo, en el Programa de Gobierno y demás instrumentos de planeación de la Ciudad, en términos de la Ley de Planeación. Los resultados del Sistema de Evaluación del Desempeño deben ser incorporados y considerados por la Secretaría y las Unidades Responsables del Gasto en las etapas de programación, presupuestación, aprobación, ejercicio y control del gasto público, conforme a los lineamientos que se emitan.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.