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Artículo 46 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 46 dice que el presupuesto de la Ciudad de México debe usarse para lograr resultados reales, no solo para gastar. Para eso, todas las dependencias del gobierno, como las secretarías y las alcaldías, tienen que crear programas y metas claras, llamados “Matrices de Indicadores para Resultados”. Estos programas deben explicar para qué sirven, qué quieren lograr y cómo se va a medir si funcionan, todo alineado con el plan de desarrollo de la ciudad. Además, las matrices deben hacerse siguiendo una metodología específica (Marco Lógico), que incluye un diagnóstico, un documento de diseño y una ficha técnica con los indicadores. En pocas palabras, el gobierno tiene que planear y medir si su gasto realmente ayuda a la gente.

Texto oficial

Artículo 46.- El Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México deberá estar orientado a resultados, para ello las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Entidades y Alcaldías deberán diseñar Programas presupuestarios y Matrices de Indicadores para Resultados apegados a la Estructura Programática de las Unidades Responsables del Gasto aprobada por la Secretaría, la cual contendrá como mínimo: I. Las categorías que comprenderán la Finalidad, Función, Subfunción, Actividad Institucional y el Programa presupuestario; II. Los Programas presupuestarios comprenden como mínimo la misión, los objetivos, las metas con base en indicadores de desempeño, establecidos a través de la Matriz de Indicadores para Resultados en congruencia con el Plan General de Desarrollo, el Programa de Gobierno y demás instrumentos de planeación de la Ciudad, en términos de la Ley de Planeación, y III. La Matriz de Indicadores para Resultados deberá integrarse bajo la Metodología de Marco Lógico y corresponderá elaborar el diagnóstico, el documento de diseño y la ficha técnica de Indicadores, de acuerdo con los lineamentos emitidos por la Subsecretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.