Artículo 48 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 48 dice que las dependencias del gobierno que gastan dinero público deben hacer una tabla llamada Matriz de Indicadores para Resultados. Esa tabla tiene que incluir cuatro cosas: primero, que los programas de gasto estén alineados con los planes de desarrollo de la ciudad y el gobierno; segundo, que esos programas también estén conectados con los objetivos de la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible; tercero, que tengan indicadores para medir cómo afectan la igualdad entre hombres y mujeres, tomando en cuenta los derechos de niños y adolescentes; y cuarto, que estén vinculados con los objetivos de los fondos federales que recibe la ciudad.
Texto oficial
Artículo 48.- La Matriz de Indicadores para Resultados que elaboren las Unidades Responsables del Gasto deberá considerar lo siguiente: I. Alineación de los Programas presupuestarios y su contribución al cumplimiento a los objetivos y metas del Plan General de Desarrollo, el Programa de Gobierno y demás instrumentos de planeación de la Ciudad, en términos de la Ley de Planeación; II. Vinculación de los Programas presupuestarios con los objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible; III. Indicadores específicos que permitan evaluar la incidencia de los Programas presupuestarios en la igualdad entre mujeres y hombres, a través de la incorporación de la perspectiva de género y la inclusión del enfoque de derechos humanos de la niñez y adolescencia, y IV. Vinculación con los objetivos de los Fondos de Aportaciones Federales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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