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Artículo 71 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el gobierno de la Ciudad de México prepara su presupuesto anual, tiene que considerar cómo ese dinero va a beneficiar por igual a mujeres, hombres, niños y niñas, y también respetar los derechos humanos de todas las personas. Esto no es solo decirlo, sino que deben incluir acciones reales para lograrlo, como parte de un plan más grande llamado el Programa de Derechos Humanos de la Ciudad de México. En pocas palabras: el presupuesto debe diseñarse pensando en las necesidades de todos, especialmente de los más vulnerables.

Texto oficial

Artículo 71.- Los Anteproyectos de Presupuesto deberán contener la perspectiva de género, de derechos humanos y la atención a niños, niñas y adolescentes en su elaboración, asegurando su transversalización a través de acciones concretas, debiéndose considerar las líneas de acción del Programa de Derechos Humanos de la Ciudad de México, y demás que resulten aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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