Artículo 8 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que todas las oficinas del gobierno, como dependencias, alcaldías y organismos autónomos, tienen la obligación de usar un Sistema para hacer sus trámites de cuentas, presupuestos y finanzas. También deben seguir las reglas que controlan ese Sistema. Cada oficina debe respetar sus propias funciones y las leyes que le apliquen, tanto en lo electrónico como en lo del presupuesto. En pocas palabras, todos tienen que hacer sus trámites por ese Sistema.
Texto oficial
Artículo 8.- La utilización del Sistema y en consecuencia la observancia de la normatividad que lo regule será obligatoria para las dependencias, órganos desconcentrados, alcaldías y entidades, así como para los órganos de gobierno y órganos autónomos en lo conducente, observando su ámbito de competencia, en términos de la normatividad aplicable tanto de medios electrónicos como presupuestal, por lo que deberán realizar a través del Sistema los trámites contables, presupuestarios y financieros que requieran.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.