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Artículo 9 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 9 dice que todas las operaciones de dinero, presupuesto y cuentas del gobierno se tienen que hacer por medio de un sistema especial. Entre esas operaciones están: pagar facturas ya aprobadas, hacer cambios al presupuesto, y crear documentos con varios propósitos. También puede incluir otras cosas que la Secretaría (la dependencia encargada) decida y avise. En pocas palabras, todo el manejo del dinero público debe registrarse en ese sistema para llevar un control.

Texto oficial

Artículo 9.- Los trámites contables, presupuestarios y financieros que deberán realizarse a través del Sistema son los relacionados con: I. Elaboración y autorización de pago; registro contable y presupuestal, así como pago de Cuentas por Liquidar Certificadas; II. Elaboración, autorización y registro de las Adecuaciones Presupuestarias; III. Elaboración, autorización y registro de documentos múltiples, y IV. Los demás que determine y publique la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.