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Artículo 89 del REGLAMENTO DE LA LEY DE AUSTERIDAD, TRANSPARENCIA EN REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que cualquier movimiento que hagas con el dinero del presupuesto, incluso si no hay dinero físico de por medio (como cuando anotas cargos o abonos en papeles), ya cuenta como un gasto o un cambio en el presupuesto que estaba aprobado. También aplica para los compromisos de pago, cuando entregas fondos, o cuando haces ajustes al presupuesto (las llamadas Adecuaciones Presupuestarias). En pocas palabras, cualquier cosa que toque el presupuesto autorizado ya lo está afectando, aunque no saques dinero en efectivo.

Texto oficial

Artículo 89.- Los compromisos, las ministraciones de fondos, los pagos y las operaciones que signifiquen cargos y abonos a los presupuestos, sin que exista erogación material de fondos, así como las Adecuaciones Presupuestarias, implicarán afectaciones a los presupuestos autorizados.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

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