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Artículo 23 del REGLAMENTO PARA REGULAR LOS VEHÍCULOS DE USO COMO AMBULANCIA QUE CIRCULAN EN LA CIUDAD DE MÉXICO, ASÍ COMO DEL PERSONAL TÉCNICO QUE PRESTA SUS SERVICIOS EN LA MATERIA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que los doctores, enfermeros y técnicos que trabajan en ambulancias deben estar bien entrenados y seguir aprendiendo cosas nuevas para hacer bien su chamba. Tienen que tomar cursos de actualización seguido, y la frecuencia de esos cursos la decide la autoridad de salud correspondiente, como la Secretaría de Salud. En otras palabras, no cualquiera puede trabajar en una ambulancia: necesita capacitación especial y mantenerse al día en sus conocimientos.

Texto oficial

Artículo 23. El personal operativo y técnico en atención médica prehospitalaria deberá contar con capacitación específica y actualización continua de los conocimientos requeridos para prestar sus servicios en las ambulancias, con la periodicidad y características que determine la autoridad correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.