Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 26 del REGLAMENTO PARA REGULAR LOS VEHÍCULOS DE USO COMO AMBULANCIA QUE CIRCULAN EN LA CIUDAD DE MÉXICO, ASÍ COMO DEL PERSONAL TÉCNICO QUE PRESTA SUS SERVICIOS EN LA MATERIA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Agencia de Protección Sanitaria es la encargada de crear y manejar el Registro de Técnicos en Urgencias Médicas, que es como una lista oficial de quiénes pueden trabajar en emergencias. Cada año, esta agencia te dará un comprobante para renovar tu registro, como un papel o documento que prueba que sigues autorizado. En otras palabras, si eres técnico en urgencias, ellos llevan el control de tu información y te recuerdan anualmente que actualices tu permiso para seguir trabajando.

Texto oficial

Artículo 26. La Agencia de Protección Sanitaria implementará y administrará el Registro de Técnicos en Urgencias Médicas; asimismo, expedirá de manera anual el comprobante correspondiente a la renovación de su registro.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.