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Artículo 14 de la LEY CONSTITUCIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Al Congreso de la Ciudad le toca analizar y, si está de acuerdo, aprobar cambios a las leyes para que se puedan cumplir los derechos que están en la Constitución de la Ciudad. También debe asignar el dinero necesario en el presupuesto del año para que los programas y políticas públicas funcionen bien. Todo esto es para que los derechos humanos siempre vayan mejorando (progresividad) y nunca se reduzcan los que ya se tienen (no regresividad). En otras palabras, el Congreso tiene que asegurarse de que cada año tengamos más derechos y no menos.

Texto oficial

Artículo 14. Corresponde al Congreso de la Ciudad: 1. Analizar y en su caso aprobar, las reformas legislativas pertinentes para facilitar el cumplimiento de los derechos consagrados en la Constitución Local. 2. Destinar en el Presupuesto de Egresos del Ejercicio Fiscal correspondiente, los recursos económicos necesarios para el adecuado funcionamiento de programas y políticas públicas, destinados a asegurar la progresividad y no regresividad de los derechos humanos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.