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Artículo 50 de la LEY CONSTITUCIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 50 dice que las autoridades del Gobierno de la Ciudad tienen la obligación de ayudar para que todas las culturas puedan mostrarse y ser conocidas. Para que esto sea posible, deben fomentar que la gente pueda expresarse libremente, que haya diferentes opiniones en los medios de comunicación como la tele o el radio, y que todas las personas tengan las mismas oportunidades de disfrutar el arte y la ciencia. También tienen que asegurarse de que todas las culturas aparezcan en los medios donde se difunden ideas o noticias. En pocas palabras, el gobierno debe promover que nadie se quede fuera de la vida cultural y que todas las formas de expresión tengan su espacio.

Texto oficial

Artículo 50. Es responsabilidad de las autoridades del Gobierno de la Ciudad el procurar que todas las culturas puedan expresarse y darse a conocer. Para asegurar el acceso a la diversidad cultural, se deberán impulsar acciones tales como la libertad de expresión, el pluralismo de los medios de comunicación, la igualdad de acceso a las expresiones artísticas y al saber científico, además de la posibilidad de que todas las culturas estén presentes en los medios de expresión y difusión.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.