Artículo 99 de la LEY CONSTITUCIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En la Ciudad de México tienes derecho a tener tiempo libre y a usarlo de manera que te sirva para descansar, divertirte, aprender cosas nuevas, convivir con otros, ser creativo o simplemente recuperarte del trabajo y del estrés. Este derecho se llama “tiempo libre” y significa que puedes ocupar tu tiempo en actividades que te hagan crecer como persona o disfrutar la vida, ya sea solo o en grupo. El gobierno está obligado a organizar y promover actividades culturales, artísticas, educativas, deportivas y de juego, y debe procurar que sean gratis o muy baratas para que todos puedas acceder a ellas.
Texto oficial
Artículo 99. En la Ciudad se reconoce y garantiza el derecho al tiempo libre, consistente en el uso constructivo que las personas hacen de su tiempo, en beneficio de su enriquecimiento personal y del disfrute de la vida en forma individual o colectiva, que tiene como funciones básicas el descanso, la diversión, el complemento de la formación, la socialización, la creatividad, el desarrollo personal, la liberación en el trabajo y la recuperación psicobiológica. El Gobierno, a través de las autoridades competentes, garantizará la realización, difusión y acceso, preferentemente gratuito, a las más diversas actividades culturales, artísticas, educativas, lúdicas, deportivas y demás, que permitan a las personas el disfrute de este derecho.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.