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Artículo 4 del CÓDIGO DE ÉTICA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 4 dice que hay dos áreas del gobierno, la Contraloría y el Comité, que tienen la obligación de asegurarse de que todo lo que dice este Código se cumpla al pie de la letra. Ellos son los encargados de vigilar y supervisar que nadie haga trampa o se salte las reglas que vienen aquí. En otras palabras, son como los "policías" de este Código, los que revisan que todo mundo haga las cosas bien.

Texto oficial

Artículo 4. La Contraloría y el Comité, en el ámbito de sus atribuciones, será responsable del cumplimiento, y vigilará la observancia de lo previsto en el presente Código. CAPÍTULO II PRINCIPIOS RECTORES DEL SERVICIO PÚBLICO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

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