Artículo 21 de la LEY DE TRANSICIÓN DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA A LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Congreso terminará el trabajo de la Comisión encargada del cambio de la Procuraduría a la Fiscalía solo cuando ese cambio ya esté completamente hecho. Esta ley empezó a aplicarse desde el 1 de enero de 2019, pero algunas reglas importantes comenzaron hasta el 5 de diciembre de ese mismo año. La Comisión tuvo que entregar al Congreso un plan detallado para hacer el cambio en septiembre de 2019. Mientras la nueva Fiscalía no empiece a funcionar, la Procuraduría sigue trabajando igual que siempre y se encarga de todos los casos que ya estaban abiertos. La persona que será el nuevo Fiscal será elegida siguiendo los tiempos que marca la Constitución de la Ciudad de México.
Texto oficial
Artículo 21. De término del mandato de la Comisión El Congreso declarará concluido el mandato de la Comisión una vez que haya concluido la ejecución del Plan de Transición. ARTÍCULOS TRANSITORIOS PRIMERO. La presente ley entrará en vigor el 1º de enero de 2019. Las disposiciones contenidas en los artículos 3, 4, 5, 8 y 9 entrarán en vigor el 5 de diciembre de 2019. SEGUNDO. La Comisión Técnica de Transición presentará al Congreso de la Ciudad de México el Plan de Transición de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México en el mes de septiembre de 2019, a efecto de que el Congreso de la Ciudad de México lleve a cabo los ajustes normativos necesarios para el proceso de transición. TERCERO. Se abroga a partir del 5 de diciembre de 2019, la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal. CUARTO: La Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México continuará encargándose de la función ministerial hasta que inicie sus funciones la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México. Todas las averiguaciones previas y carpetas de investigación iniciadas por la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México antes de que esté en funcionamiento la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, se conducirán por esta en los términos de las disposiciones vigentes antes de la entrada en vigor de la ley que la rija. QUINTO. En tanto no entre en funciones la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México continuará la vigencia de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, su Reglamento y las demás disposiciones jurídicas emanadas de dichos instrumentos. Las referencias hechas a la Secretaria de Seguridad Pública se entenderán hechas al órgano o dependencia de la administración pública de la Ciudad de México, encargada de la seguridad ciudadana, en los términos de la ley de la materia que expida el Congreso de la Ciudad de México. SEXTO. La persona titular de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México será designada conforme con los plazos que señala la Constitución Política de la Ciudad de México. SÉPTIMO: Remítase el presente Decreto a la persona titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México para su promulgación y publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Palacio Legislativo del Congreso de la Ciudad de México, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.-POR LA MESA DIRECTIVA.- DIPUTADO JOSÉ DE JESÚS MARTÍN DEL CAMPO CASTAÑEDA, PRESIDENTE.- DIPUTADA ISABELA ROSALES HERRERA, SECRETARIA.- DIPUTADA ANA PATRICIA BAEZ GUERRERO, SECRETARIA.- (Firmas) Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122, Apartado A, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 32 apartado C, numeral 1, inciso a) de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2, 3, fracciones XVII y XVIII, 7, 10 fracción II, 12 y 21 párrafo primero de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto Promulgatorio en la Residencia Oficial de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, a los veintiún días del mes de enero del año dos mil diecinueve. LA JEFA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DRA. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE GOBIERNO, ROSA ICELA RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, LUZ ELENA GONZÁLEZ ESCOBAR.- FIRMA.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.