Artículo 4 de la LEY DE TRANSICIÓN DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA A LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Fiscalía de la Ciudad de México tiene varios trabajos importantes. Uno de ellos es investigar los delitos y decidir si lleva a los responsables ante un juez. También debe asegurarse de que la justicia sea rápida y apegada a las leyes para ayudar a bajar la inseguridad. Además, tiene que proteger a las personas inocentes y hacer que los culpables no se salgan con la suya. Por último, debe garantizar que las víctimas conozcan toda la verdad, reciban apoyo y reparación del daño, y que esos delitos no vuelvan a pasar.
Texto oficial
Artículo 4. Fines institucionales. El Ministerio Público de la Ciudad de México se organizará en una Fiscalía a la que corresponde el ejercicio de la acción penal ante los tribunales y tiene como fines: a) Conducir y coordinar la investigación, así como resolver sobre el ejercicio de la acción penal sobre los delitos materia de su competencia; b) Otorgar una procuración de justicia eficaz, efectiva, apegada a derecho, que contribuya a combatir la inseguridad y disminuirla; c) Fortalecer el Estado de Derecho de la Ciudad de México; d) Colaboración con otras autoridades para la prevención del delito; e) Salvaguardar al inocente, procurando que el culpable no quede impune; f) Promover, proteger, respetar y garantizar los derechos de verificación de los hechos y revelación pública y completa de la verdad, justicia, reparación integral, de asistencia en todas las etapas y de no repetición de las víctimas y de la sociedad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.