Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 128 del REGLAMENTO DE CEMENTERIOS, CREMATORIOS Y SERVICIOS FUNERARIOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El permiso para usar una fosa, cripta o nicho tiene un tiempo límite, y ese tiempo comienza a correr desde el día en que firmaste el contrato. El plazo exacto depende de lo que diga el documento que firmaste. En pocas palabras, no es para siempre, el derecho de uso dura un tiempo específico que empieza a contar cuando haces el acuerdo.

Texto oficial

Artículo 128. La temporalidad del derecho de uso sobre fosas, criptas y nichos, será contado a partir de la fecha de la celebración del convenio, de acuerdo con las bases establecidas en el título relativo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 34) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.