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Artículo 8 del REGLAMENTO DE CEMENTERIOS, CREMATORIOS Y SERVICIOS FUNERARIOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Consejería Jurídica y la Dirección General Jurídica van a vigilar que se cumpla este reglamento, con ayuda del Instituto de Verificación Administrativa, las Alcaldías y la Agencia de Protección Sanitaria (todas de la Ciudad de México). Cada una de estas dependencias se encargará de revisar y hacer cumplir las reglas dentro de lo que les toca según su trabajo.

Texto oficial

Artículo 8. La vigilancia del cumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento estará a cargo de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, a través de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, en coordinación con el Instituto de Verificación Administrativa, las Alcaldías y la Agencia de Protección Sanitaria, todas de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.