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Artículo 18 de la LEY DE COMEDORES SOCIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada comedor popular tiene que tener un Grupo Solidario, que es un equipo de personas que se encarga de manejar y organizar el comedor. Nadie que trabaje en el gobierno (como servidor público) puede ser parte de ese grupo. La idea es que sean personas de la comunidad las que administren el comedor, sin que haya empleados oficiales metidos en eso.

Texto oficial

Artículo 18.- Cada comedor popular debe contar con un Grupo Solidario, el cual asumirá la función de la administración del comedor popular y ningún integrante deberá ser persona servidora pública. CAPÍTULO IV DE LOS COMEDORES PÚBLICOS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.