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Ley
LEY DE COMEDORES SOCIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
24

Artículo 24 de la LEY DE COMEDORES SOCIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de la Ciudad (la Autoridad Responsable, junto con la Secretaría del Medio Ambiente) va a dar cursos a los Comités de Administración y a los Grupos Solidarios. Esos cursos les enseñarán cómo manejar y controlar la basura y los desechos que se generan en los comedores comunitarios y populares. Además, para todo lo que no esté explicado aquí, se aplicará lo que ya dice la Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México.

Texto oficial

Artículo 24.- La Autoridad Responsable en coordinación con la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México, capacitará a los Comités de Administración y a los Grupos Solidarios en materia de regulación de gestión integral de residuos sólidos que se generen en los comedores comunitarios y los comedores populares. Aplicando supletoriamente lo establecido en la Ley de Residuos Sólidos vigente en la Ciudad de México. TÍTULO CUARTO DEL ABASTO A LOS COMEDORES CAPÍTULO ÚNICO

Ver texto oficial de la LEY DE COMEDORES SOCIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 5) ↗

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