Artículo 2 de la LEY DE BIBLIOTECAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esta ley sirve para organizar y manejar las bibliotecas de la Ciudad de México, incluyendo su creación y cómo operan. También busca que la gente conozca todo lo que hay en sus colecciones, como libros, periódicos, documentos impresos o digitales, y videos. Además, se encarga de difundir las reglas y leyes que aplican tanto en la Ciudad como en todo México. En pocas palabras, su objetivo es que puedas acceder fácilmente a la información y a las normas que te afectan.
Texto oficial
Artículo 2. El objeto de esta ley es regular el uso, funcionamiento, la organización, coordinación y creación de Bibliotecas en la Ciudad de México, para difundir el pensamiento contenido en los acervos bibliográficos, hemerográficos, impresos, digitales y audiovisuales, además de la normativa que rige a la Ciudad de México y de nuestro País.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.