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Artículo 136 del REGLAMENTO DE CEMENTERIOS, CREMATORIOS Y SERVICIOS FUNERARIOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En las fosas de un panteón se pueden hacer bóvedas especiales (como cajones de concreto) que tengan dos o tres espacios uno encima del otro. Cada espacio debe medir al menos 75 centímetros de altura, estar cubierto con losas de concreto y colocarse a más de 50 centímetros por arriba del agua que hay en el subsuelo. La última losa, la más cercana a la superficie, debe quedar tapada con 50 centímetros de tierra. Para hacer esto, hay que presentar una solicitud con el proyecto en la Oficina de Cementerios, para que ellos decidan si está bien o no.

Texto oficial

Artículo 136. En las fosas se podrán construir bóvedas herméticas con dos o tres gavetas superpuestas, las que tendrán un mínimo de 75 centímetros de altura libre cada una, cubiertas con losas de concreto y a una profundidad máxima de cincuenta centímetros por encima del nivel más alto de aguas freáticas. Asimismo, las losas que cubren la gaveta más próxima a la superficie del terreno deberán tener una cubierta de tierra de 50 centímetros de espesor como mínimo bajo el nivel del suelo. La solicitud y el proyecto correspondientes deberán presentarse ante la Oficina de Cementerios para su estudio y determinación de procedencia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 35) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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