Artículo 20 del REGLAMENTO DE CEMENTERIOS, CREMATORIOS Y SERVICIOS FUNERARIOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Administción, junto con otras áreas del gobierno y las Alcaldías, va a llevar un registro de quiénes trabajan en los panteones y crematorios públicos de cada zona de la ciudad. También se va a encargar de controlar los pagos que la gente hace por usar los servicios y espacios de esos cementerios públicos. En pocas palabras, van a checar quién trabaja ahí y que se cobren bien los servicios funerarios.
Texto oficial
Artículo 20. La Secretaría de Administración, a través de la Dirección General de Administración de Personal y Desarrollo Administrativo, en coordinación con la Dirección General y las Alcaldías, llevará el control y registro de las personas encargadas y personal adscrito a cementerios civiles y crematorios públicos en cada demarcación territorial, así como el control del pago de aprovechamientos derivados del uso de los cementerios civiles y sus servicios.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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