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Artículo 19 del REGLAMENTO DE CEMENTERIOS, CREMATORIOS Y SERVICIOS FUNERARIOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El C5 (que es el centro de monitoreo de seguridad) va a proporcionar e instalar cámaras de videovigilancia en los panteones civiles y crematorios que sean públicos. Esas cámaras deben estar conectadas todo el tiempo al C5, sin parar, los 365 días del año y las 24 horas del día, para que puedan revisar lo que pasa en esos lugares y atender cualquier situación.

Texto oficial

Artículo 19. El C5 se encargará de brindar el equipo necesario, así como la instalación de cámaras de videovigilancia en los cementerios civiles y crematorios públicos. Dicha tecnología deberá tener conectividad con el C5 las 24 horas, los 365 días del año para su monitoreo y atención.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.