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Artículo 18 del REGLAMENTO DE CEMENTERIOS, CREMATORIOS Y SERVICIOS FUNERARIOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Agencia de Protección Sanitaria tiene que coordinar con el Instituto de Servicios Periciales y Ciencias Forenses para que el personal de las alcaldías reciba capacitación. Esta capacitación será sobre cómo manejar de forma correcta los cuerpos de personas fallecidas. Así se aseguran de que todos sigan los pasos adecuados para tratar los cadáveres sin errores.

Texto oficial

Artículo 18. La Agencia de Protección Sanitaria realizará las gestiones necesarias para que el Instituto de Servicios Periciales y Ciencias Forenses capacite al personal adscrito a las alcaldías en el correcto manejo de cadáveres.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.