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Artículo 42 del REGLAMENTO DE CEMENTERIOS, CREMATORIOS Y SERVICIOS FUNERARIOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión tiene varias tareas importantes. Primero, se asegura de que este reglamento se cumpla bien en los panteones y servicios funerarios de la Ciudad de México. También resuelve cualquier problema que surja con estos servicios, escucha a todas las personas o empresas que participan, y atiende emergencias sanitarias o situaciones raras relacionadas con el tema. Además, da seguimiento a castigos por faltas o delitos, define las reglas de cómo deben funcionar los servicios funerarios (sin meterse con lo que otras autoridades ya deciden), y coordina las revisiones e inspecciones entre las distintas áreas involucradas.

Texto oficial

Artículo 42. El objeto de la Comisión será: I. Vigilar la correcta implementación del presente Reglamento en la prestación del servicio público de cementerios y servicios funerarios de la Ciudad de México; II. Resolver la problemática que se presente en la materia que regula este Reglamento; III. Escuchar a los actores involucrados en el establecimiento, funcionamiento, conservación, operación y vigilancia de los cementerios en sus diversas modalidades; IV. Atender las emergencias sanitarias u otra situación extraordinaria que involucre las materias relacionadas con el presente Reglamento; V. El seguimiento de los procedimientos disciplinarios por faltas administrativas o comisión de delitos en que se incurra; VI. Establecer las directrices en el funcionamiento y prestación de servicios funerarios, sin detrimento de las atribuciones de las autoridades competentes de acuerdo a la normativa en la materia; y VII. Coordinar las acciones de supervisión y vigilancia de acuerdo con las facultades de cada área involucrada.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.