Artículo 53 del REGLAMENTO DE CEMENTERIOS, CREMATORIOS Y SERVICIOS FUNERARIOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todas las personas o empresas que manejen panteones o crematorios tienen que llevar un tipo de diario de control. Ahí deben anotar cuándo entra y sale el personal que trabaja ahí, y también los proveedores o trabajadores de fuera que lleguen a hacer algún servicio. Es como tener una lista de quién entra y sale del cementerio.
Texto oficial
Artículo 53. Todos los prestadores del servicio público de cementerios, en cualquiera de sus modalidades, contarán con bitácoras en los que se registrará la salida y entrada del personal que labore en los mismos, así como de los prestadores de servicios externos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.