Artículo 102 del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 102 tiene dos partes y habla sobre qué hacer cuando hay empate en una votación. En la primera, dice que si el empate es en una votación que **no** es para elegir a una persona (por ejemplo, para aprobar un acuerdo), se vuelve a votar inmediatamente. Si otra vez hay empate, entonces se discute el tema de nuevo y se vota hasta la siguiente reunión. En la segunda, explica que si el empate ocurre en una votación para **elegir a una persona** (como un presidente o un representante), se sigue votando en la misma sesión las veces que sea necesario hasta que alguien gane con la mayoría requerida, a menos que otra ley diga algo diferente.
Texto oficial
Artículo 102 1. Si resulta empate en una votación, que no se refiera a elección de personas, se repite de inmediato; si por segunda ocasión hay empate, el asunto se discute y vota nuevamente en la sesión siguiente. 2. Si resulta empate en una elección de personas, la votación se repite en la misma sesión tantas veces como se requiera hasta que exista la mayoría necesaria, salvo que la ley disponga otro procedimiento. CAPITULO OCTAVO DE LAS MOCIONES
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