Artículo 106 del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien quiere detener por un momento la discusión de un tema en la Cámara de Diputados o Senadores (llamado Congreso), puede presentar una **moción suspensiva**. Esto se hace por escrito antes de que empiece el debate, o hablando directamente cuando ya comenzó. En ambos casos, hay que explicar rápido y en pocas palabras por qué se quiere parar. Después, alguien lee la moción en voz alta y, sin más requisitos, solo se permite hablar a uno de los que la proponen (si quieren) y a uno que esté en contra (si lo hay). Luego los diputados o senadores deciden si la aceptan para discutirla o la rechazan de plano. Si la aceptan, se arma una lista con hasta dos personas a favor y dos en contra. Cuando terminan de hablar, todos votan para decidir si la moción se aprueba o no. Si la moción se aprueba, el presidente del Congreso ordena qué sigue con ese tema (por ejemplo, mandarlo a otra comisión o retrasarlo). Eso sí, en una misma sesión no se puede presentar más de una moción suspensiva sobre el mismo asunto.
Texto oficial
Artículo 106 1. La moción suspensiva se presenta por escrito a la Presidencia, antes de que inicie el debate del asunto de que se trata; iniciado el mismo también puede presentarse de viva voz. En ambos casos, se exponen de manera breve y concisa los hechos y razones que motivan la moción. 2. Se lee la moción y sin otro requisito que oír a uno de sus autores, si así lo quieren, y a algún impugnador, si lo hay, se pregunta al Pleno si se admite a debate o se desecha. 3. De admitirse la moción, se forma una lista de hasta dos oradores en contra y dos a favor. Concluidas las intervenciones, se somete a votación. 4. De aprobarse la moción suspensiva, el Presidente dispone el trámite que recae al asunto objeto de la misma. 5. En una sesión no se admite más de una moción suspensiva sobre un mismo asunto.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.