Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 107 del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un asunto se regresa a comisiones por una moción suspensiva (que es cuando alguien pide detenerlo para estudiar mejor el tema), tiene que volver a verse en el Pleno (la reunión de todos los diputados) a más tardar en 15 días hábiles. Pero si ya se usó una moción suspensiva para ese mismo asunto antes y ya se volvió a presentar en otra sesión, ya no se puede usar otra vez para detenerlo de nuevo.

Texto oficial

Artículo 107 1. El dictamen o proyecto que por moción suspensiva es devuelto a comisiones para los efectos correspondientes, se presenta nuevamente al Pleno, de ser el caso, a más tardar dentro de los 15 días hábiles siguientes. 2. No procede moción suspensiva en asuntos que ya hayan sido objeto de la misma y se presentan nuevamente al Pleno en otra sesión.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.