Artículo 165 del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien presenta una propuesta de ley, también puede quitarla. Si la propuesta la hicieron varios diputados juntos, todos deben estar de acuerdo para retirarla por completo. Si no todos quieren, entonces solo se anota quiénes ya no apoyan la propuesta. El retiro se avisa al Presidente antes de que se revise, y luego se informa a todos los diputados y a las comisiones encargadas.
Texto oficial
Artículo 165 1. El derecho de presentar una iniciativa conlleva también el de retirarla. Cuando la iniciativa haya sido suscrita por más de un legislador, se requiere que la totalidad de los firmantes manifiesten su voluntad de retirarla; en caso contrario, sólo se tomará nota de quienes retiran su firma. 2. El retiro de una iniciativa se comunica al Presidente antes de que sea dictaminada. De ello, se informa al Pleno y a las comisiones que corresponda.
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