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Artículo 201 del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando se está discutiendo una ley, se habla primero de la idea general y luego se pasa a los detalles. Este artículo explica que el "debate en lo particular" es cuando se discuten partes específicas de un proyecto de ley, ya sea para quitarlas, cambiarlas o agregar artículos nuevos. Cada uno de estos cambios o adiciones se analiza y se vota por separado, siguiendo el orden en que aparecerían dentro de la ley.

Texto oficial

Artículo 201 1. Los debates en lo particular, se refieren a los artículos reservados contenidos en el cuerpo normativo de un dictamen sea para suprimirlos o modificarlos. 2. Los debates en lo particular también se refieren a propuestas de adición de artículos al cuerpo normativo del dictamen. 3. Cada artículo o grupo de artículos reservado o propuesta de adición, se debate y resuelve sucesivamente en el orden que les corresponde dentro del cuerpo normativo del dictamen.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 51) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.